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El Derecho comercial es el conjunto de normas relativas a
los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los
actos de comercio legalmente calificados como tales y a las
relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos;
en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el
ejercicio del comercio.
En la mayoría de las legislaciones, una relación se
considera comercial, y por tanto sujeta al Derecho
mercantil, si es un acto de comercio. El derecho mercantil
actual se refiere a estos actos, de los que lo son
intrínsecamente, aunque en muchos casos el sujeto que los
realiza no tenga la calidad de comerciante (sistema
objetivo); sin perjuicio de ello, existen ordenamientos
jurídicos en que el sistema es subjetivo, en base a la
empresa, regulando tanto su estatuto jurídico, como el
ejercicio de la actividad económica, en sus relaciones
contractuales que mantienen los empresarios entre ellos y
con terceros.
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ALGUNOS DE NUESTROS CASOS
DE ÉXITO >>
(DERECHO COMERCIAL) |
• Reducción de intereses y planes de pago en las ejecuciones
por saldos deudores en cuentas corrientes, en resúmenes de
tarjetas de crédito, etc.
• Constitución de sociedades y armado de uniones
transitorias para la realización de un negocio determinado,
desarrollándose técnicamente las especificaciones propias
del negocio.
• Adquisición de bienes, por licitaciones privadas o
públicas o mediante el denominado sistema de mejoramiento de
oferta en quiebras.
• Resolución de conflictos, ejecuciones y reclamos ante
organismos y bancos fiduciarios, excediendo los límites de
responsabilidad de la ley de fideicomiso y de entidades
financieras.
• Contratos y negocios de sociedades concursadas.
• Redacción y confección de contratos atípicos.
[Consúltenos por su caso en
particular]
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